lunes, 10 de diciembre de 2007

Requisitos de formación de los contratos

a) Consentimiento, es la manifestación de la voluntad de las partes para celebrar el contrato, la voluntad es expresa y tácita.
i. Tácito, manifestación expresada en actos y conductas que permiten hacer concluir que existe consentimiento.
xi. Expreso, manifestación verbal o escrita inequívoca.
xii. Vicios del consentimiento, el consentimiento puede estar viciado por las siguientes causales:
• Error, es la falsa apreciación de la realidad, es creer verdadero a lo falso y falso a lo verdadero, el error puede ser:
 Esencial, es aquel que recae sobre la naturaleza y ocasiona la nulidad del mismo.
 Sustancial, recae sobre la materia, sobre la sustancia y origina la anulabilidad. Ej. Un señor A piensa que compra lino pero el vendedor B le ha vendido lana.
• Dolo, conjunto de maquinaciones y artificios de una persona con destino a la obtención del consentimiento de la otra persona. Origina la anulabilidad el dolo puede ser:
 Dolo Bolus, aquel por el cual el comerciante otorga al producto más cualidades de las que este tiene y no tiene mayores consecuencias en el vínculo este es aceptado.
 Dolo Malus, es el que se lo realiza con la intención de hacer daño.
• Violencia, presión ilegitima que ejercita una persona contra la otra para arrancarle su consentimiento, puede ser:
 Bisabsoluta, cuando es violencia física, arma de fuego, arma blanca, etc.
 Biscompulsiva, es la violencia psicológica o presión, subordinación o relación de dependencia.

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