martes, 14 de julio de 2015

Regulación de la competencia económica en el Estado mexicano (Ley de Competencia Económica) (I)

La actividad económica alcanza todas las actividades productivas del ser humano y, en gran medida, es un factor que determina el dinamismo y el nivel de vida de una sociedad. Entre mayores son las facilidades que el empresario tiene para realizar su actividad, aumenta el desarrollo del país y esto se refleja en la calidad de vida de los habitantes.
Sin embargo, todos los extremos son nocivos, no debe exagerarse la libertad económica, ni tampoco en las regulaciones para la creación de empresas que desalientan la actividad económica; en otras palabras, el Estado tiene que fomentar la actividad productiva mediante estímulos, pero no debe permitir actos lesivos a la economía que tiendan al acaparamiento o a la concentración por parte de empresas productoras o comercializadoras que ejerzan un poder de influencia o control dañino que perjudique a los mercados de consumidores o productores.
En la Constitución mexicana el sustento jurídico en materia de competencia económica es el artículo 28, que prohíbe las prácticas monopólicas.

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