miércoles, 29 de julio de 2015

Regulación de la competencia económica en el Estado mexicano (Ley de Competencia Económica) (III)

Es importante aclarar que las actividades señaladas se consideran en beneficio de la sociedad o de interés general, por tal razón el Estado las realiza de manera exclusiva para cumplir sus fines.
Si bien es cierto que en México se garantiza la libre empresa, el legislador ha previsto, tanto en la Constitución Política como en la Ley Federal de Competencia Económica, las conductas que constituyen infracciones y que en consecuencia serán sancionadas.
Ahora bien, la Ley Federal de Competencia Económica prohíbe las prácticas que disminuyan, dañen o impidan la competencia y la libre concurrencia en la producción, procesamiento, distribución y comercialización de bienes o servicios.
Por otra parte, establece la distinción entre prácticas monopólicas absolutas y relativas. Las primeras se refieren a actos que se consideran por sí mismos anticompetitivos y que realizan agentes económicos competidores entre sí, al celebrar el acto, ya sean realizados por convenios, acuerdos o contratos, y así manipular el precio de bienes o servicios, restringir la producción de bienes, dividir el mercado, etc., por lo que los actos que se lleven a cabo no producirán efectos jurídicos, además de hacerse acreedores a las sanciones que determine la ley.
Suponga que una empresa y un distribuidor de cierto producto celebran un contrato para controlar el precio del producto, para manipular el mercado, en este caso se trata de una práctica monopólica absoluta; las prácticas monopólicas relativas son actos que pueden ser o no anticompetitivos, entre agentes económicos que no son competidores entre sí, para desplazar indebidamente a otros agentes del mercado, impedirles la entrada o fijar ventajas exclusivas, por lo que dicha práctica debe ser evaluada por la Comisión Federal de Competencia Económica, en caso de que quien lo practica tenga un poder significativo en el mercado relevante; un ejemplo es condicionar la venta de un producto como leche, a la compra de pan.
También existe otra práctica en el mercado, llamada monopsonio, que ocurre cuando en un mercado existe un solo consumidor, por lo que éste tiene el control sobre el precio de los productos, ya que los empresarios tienen que adaptarse a las exigencias del consumidor, tales como precio y cantidad; tome como ejemplo al empresario que ofrece los servicios al Estado, como un solo consumidor, por lo que el Estado fijará las condiciones de compra.

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