viernes, 31 de julio de 2015

Regulación de la competencia económica en el Estado mexicano (Ley de Competencia Económica) (V)

Es importante hacer notar que las prácticas comerciales en el proceso económico deben sustentarse en valores éticos, que antepongan el bienestar general por encima de las ganancias a cualquier precio y ante cualquier costo. Por consiguiente, la libre competencia, con base en la oferta y la demanda, es un proceso sano para la actividad económica, sin dar lugar a especulación o manipulación del mercado.
Una práctica más que regula la ley de la materia es la concentración, que no es otra cosa que la fusión de empresas, ya sea competidoras, proveedoras, clientes u otros agentes económicos.
El órgano competente para decidir si la concentración de empresas es perjudicial para el mercado, por el control de precios, daña o impide la libre concurrencia, por restringir el abasto o suministro, es la Comisión Federal de Competencia (CFC), órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía que tiene a su cargo prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas y concentraciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario