miércoles, 12 de agosto de 2015

El comerciante y la actividad mercantil (I)

Con base en la libertad de profesión garantizada por el artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,4 toda persona es libre para elegir la actividad económica, siempre y cuando no infrinja la ley.
Como ya se dijo, la industria y el comercio son actividades económicas importantes para el desarrollo de la sociedad; por lo tanto, cuando una persona concapacidad legal hace del comercio su actividad ordinaria o habitual en busca de un lucro o una especulación mercantil, en ocasiones se une con otras personas para el logro de un fin común lícito, al integrar una sociedad mercantil tendrá mayor impacto en el comercio.
El Código de Comercio vigente considera comerciantes a las siguientes personas:

  • Quienes tienen capacidad legal para ejercer el comercio y hacen de él su ocupación ordinaria.
  • Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles.
  • Las sociedades extranjeras o las sucursales de éstas que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.

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