martes, 18 de agosto de 2015

El comerciante y la actividad mercantil - Obligaciones de todo comerciante


De conformidad con el Código de Comercio todo comerciante, por el hecho de serlo, tiene las siguientes obligaciones:

  • La publicación, a través de la prensa, de su calidad mercantil con sus circunstancias esenciales, así como sus modificaciones que adopte.
  • A la inscripción en el Registro Público de Comercio, esto con el fin de que se dé la protección ante terceros.
  • Mantener un sistema de contabilidad conforme al artículo 33; cabe mencionar que también se puede realizar por medios electrónicos.
  • Conservar la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante, se deberá guardar por un plazo mínimo de diez años.

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