A. Cuando el trabajador decide por voluntad propia retirarse puede hacerlo pero debe tomar en cuenta que: si tiene menos de 5 años de antigüedad no recibe indemnización alguna por el principio del quinquenio consolidado ya explicado. Si el retiro es voluntario no recibe indemnización alguna por desahucio. Todos los demás beneficios permanecen sin modificación ni pueden ser afectados.
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