Este derecho constituye un orden jurídico de carácter general que se aplica a:
a) los actos de comercio (relación mercantil); b) a las personas que lo realizan (sujetos de la relación mercantil); c) a las cosas o bienes materia de los actos de comercio (objeto de la relación mercantil); d) a los procedimientos judiciales o administrativos (juicios mercantiles, concursos mercantiles), etcétera.2
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