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viernes, 8 de agosto de 2008

Reposición de títulos valor

Cuando un titulo valor se pierde, extravía, es posible reponerlo, esta reposición corre por cuenta del titular que perdió el documento y se sujeta este al cumplimiento de formalidades, como la publicación en periódico de circulación nacional, comunicando la perdida. Luego de la denuncia es posible reobtener él titulo valor anulando el registro del anterior que se entiende invalido.
FIN DE TITULOS VALORES

jueves, 31 de julio de 2008

Factura Cambiaría

Titulo valor que el vendedor de una mercadería entrega al comprador de mercadería por las ventas que realiza a plazo cuando una factura cambiaría es aceptada por el comprador se convierte en un titulo ejecutivo, la factura cambiaría es representativo de cuotas, la Factura cambiaría consigna numero de cuotas y fecha de vencimiento.

viernes, 25 de julio de 2008

Carta de Porte

Titulo valor que entrega el transportado al cargador, la carta de porte, también recibe el nombre de “conocimiento de embarque” representa las mercaderías transportadas y es endosable.

viernes, 18 de julio de 2008

Certificado de deposito y Bono de prenda

Titulo valor originado en un contrato de Deposito de Almacenes Generales de Deposito por el cual una persona deposita mercaderías o bines muebles en los almacenes de un comerciante llamado administrador general de deposito a cambio del deposito que es un de deposito regular, entrega al usuario dos documentos, un documento llamado Certificado de Deposito y otro llamado Bono de Prenda. El certificado de deposito representa e identifica la cantidad, calidad, peso y medida de la mercadería depositada o de los bienes depositados; por ejemplo. Por Kg. De café, etc.
Por otro lado el bono de prenda lo emite el almacén general de deposito, representa el valor del bien depositado, este bono de prenda sirve para garantizar una operación de préstamo o mutuo en una cantidad bancaria, operación que recibe el nombre de WARRANT.

jueves, 10 de julio de 2008

Cédulas Hipotecarias

Títulos valor que el dueño del inmueble pide a un banco para acreditar la existencia de una hipoteca y crear una nueva hipoteca por una fracción del monto de la cédula hipotecaria.

miércoles, 2 de julio de 2008

Clases de Bonos

i. Baby Bond Bonos que dentro del mercado americano tienen un importe de 1000$us.

ii. Yankee Bond emitidos fuera del mercado americano, pero no en moneda local sino en $us estadounidenses.

iii. Corporate Bond Emitidos por las sociedades en nuestro país SRL o SA

iv. Municipal Bond bonos municipales, emitidos por las alcaldías, ayuntamientos o gobiernos locales de ciudades, muy usual en el mercado americano y es posible para gobiernos municipales de otros países.

v. US Treasury Bonds Llamados bonos del tesoro americano, tienen menor riesgo en la economía mundial, emitidos por el gobierno norteamericano y ofrecen el menor rendimiento en el mercado de acuerdo a la regla de menor riesgo, menor utilidad.

vi. Junk Bonds Bonos basura, son los que no tienen respaldo suficiente o que han sido emitidos luego de producida una distorsión en la capacidad financiera del emisor que hace que se considere basura, difícilmente redimibles este calificativo surge de la calidad que adquiere un bono, esta puede ser posterior a la emisión de bono, pero que refleja su calidad en el mercado y hace luego que tenga la mas baja calificación posible de un bono en el mercado.

viernes, 27 de junio de 2008

Mecanismo Floating Bond

Por el cual se ensaya la receptividad que tendrá un mercado a un bono determinado, es establecer si un bono flotaría en un momento determinado.

lunes, 23 de junio de 2008

Rating de un bono

Es la calificación que se realiza respecto de un bono, es decir que unos bonos entrañan mas riesgo que otros, estas calificaciones tienen un orden y pueden ser: AAA, AA+, AA, AA-, A+,A-, BBB, BBB-

miércoles, 18 de junio de 2008

Diferencias entre bonos y acciones

 Acción es de renta variable, el bono de renta fija.
 Bono representa una porción de deuda, la acción representa una parte del capital pagado
 Bono es emitido por una S.A. o S.R.L. la acción solo es emitida por las S.A.
 Un bono promete un rendimiento o interés una acción puede generar dividendos.
 Bono es emitido en el ámbito bursátil, la acción es emitida en el ámbito bursátil y extrabursatil
 El bono puede convertirse en una acción, pero la acción no puede convertirse en bono.
 El bono tiene garantía quirografaria y la acción no tiene.
 Un bono es autorizado por la BBV y tiene formatos de seguridad necesariamente, una acción es emitida por la sociedad y no tiene necesariamente formato de seguridad.
 Un bono no origina el derecho de participación en una junta o asamblea, la acción sí.
 Un bono tiene un plazo de vencimiento, de maduración, la acción no.
 Un bono tiene formato asignado por la SPVS y lleva un nombre, por ejemplo: Bonos SAO y una acción tiene formato asignado por el código de comercio.

viernes, 13 de junio de 2008

Emisión de un Bono

a) Ambito de la emisión Necesariamente se lo emite en el ámbito bursátil y es este ámbito el que garantiza la idoneidad de la emisión y la capacidad del emisor para pagar la deuda contraida. La Bolsa de valores es el ámbito bursátil que garantiza el pago porque el bono siempre se realiza bajo garantía quirografaria. Al usuario le conviene comprar bonos porque el interés es mayor que el de la banca y al emisor le conviene emitir bonos porque paga un interés menor al de la banca.

b) Mecanismo de emisión Para la emisión de bonos no es solamente necesaria la autorización expresa de la junta de accionistas o la autorización del registro de comercio, solamente la autorización de la SPVS y también de la Bolsa Boliviana de Valores, si la autorización de estas la emisión no es posible. Para la autorización de la BBV esta exige previamente los documentos legales, contables, administrativos que tiene una sociedad, además la documentación comercial obliga también a la presentación periódica de actualizaciones de toda esta obligación, esta transparencia es el gran obstáculo para que muchas empresas puedan ingresar al mercado de valores.

D. Redención Pago del aporte consignado en un bono junto al interés prometido, como se explico un bono es un cartón este normalmente lleva añadidos cupones que son pequeños fragmentos de titulo que se pueden presentar periódicamente para el cobro de una parte de los interese prometidos, es decir, que los interese pueden dividirse en cupones pagaderos periódicamente la presentación de estos cupones es en la oficina del emisor y de acuerdo a los montos. Para la emisión de bonos el agente de bolsa contratado para la emisión, elabora un documento llamado prospecto, el cual contiene información relativa a la misión en el orden contable, financiero, legal y comercial. Por otro lado es posible que la redención de un bono sea:


a) Redención en efectivo es el pago del importe recibido por el bono al titular, es la devolución del préstamo.
b) Redención en acción puede suceder que se emitan bonos redimibles en acciones, es decir bonos que llegado su vencimiento pueden ser canjeados por acciones.
c) Maduración Es la llegada de la fecha de redención de un bono, los interese pueden ser pagados independientemente de la maduración del importe principal.

jueves, 5 de junio de 2008

El Bono Concepto y Naturaleza

A. Concepto es un titulo valor de renta fija que representa una fracción o porción de una deuda contraida por una sociedad con el titular del bono, por eso se llama un documento de deuda.

B. Naturaleza Un bono es un documento que representa una emisión, es una obligación de pago, además conlleva el pago de un interés o rendimiento prometido por el emisor, este interés normalmente es mayor que el interés que paga la banca.

viernes, 30 de mayo de 2008

Acciones y sanciones penales emergentes del cheque

Un cheque girado defectuosamente o sin la provision suficiente de fondos en garantía de una obligación origina cuatro años de cárcel en contra del girador y cuando el documento es empleado como garantía la pena es para quien lo exige como garantía.

miércoles, 21 de mayo de 2008

Responsabilidad del titular y Cheques especiales

Responsabilidad del titular
El titular de la cuenta además de ser penalmente responsable es además civilmente responsable.

Cheques especiales

A. Cruzado General simple o solo cruzado, puede ser cobrado por una entidad bancaria cualquiera sea esta, pero siempre debe tratarse de la entidad bancaria y no natural. Lleva dos líneas paralelas oblicuas en el anverso sin otro requisito adicional, algunas veces se coloca la palabra cruzado en sus líneas.

B. Cruzado especial, puede ser cobrado por una entidad bancaria especial, el nombre es colocado entre las líneas.

C. Para abono en cuenta destinado a su abono o adjudicación en cuenta especifica del titular del cheque o persona a cuya orden sea girado.

D. Cheque Certificado o Visado, este garantiza el aporte consignado en el mismo, otorgado en el banco mediante una anotación en el reverso. El titular pide al banco que le separe que le reserve el monto asignado en el cheque, el pago de este se encuentra garantizado, este es llamado CHEQUE CERTIFICADO y tiene montos asegurados y es el documento mas seguro, al momento de separa los montos, y al ser pagado por el girador.

E. Cheque de Gerencia girado por una entidad bancaria contra una cuenta de su propia titularidad, se entiende plenamente garantizado, el banco a cambio cobra al usuario un importe, y normalmente debita el importe del cheque de la cuenta del usuario o pide el pago antes de la emisión del cheque.

F. Cheque viajero es emitido en favor de una persona por el banco en cortes de 5, 10, 15$ el fin tradicionalmente era su uso para otras plazas, ahora ha sido reemplazado por la tarjeta de crédito.

G. Cheque fiscal emitido por los estados contra una cuenta de su propiedad con destino al pago de deudas o servicios pagados, por ejemplo: el Estado es el que lo utiliza en el pago de la deuda externa.

lunes, 12 de mayo de 2008

Rechazo de un cheque

Cuando un cheque es rechazado por el banco este debe especificar porque, este rechazo se expresa en un acto llamado protesto; es decir, el banco protesta, rechaza el cheque, colocando su sello de protesto en el reverso y explicando la razón, que puede ser: insuficiencia de fondos, giro defectuoso, cuenta creada, etc. el sello es suficiente prueba para proceso criminal del girador.

lunes, 5 de mayo de 2008

Cheque: Responsabilidad de las partes

El girador del cheque es responsable criminalmente por girar un cheque ya que se entiende como Cash y si el girador emite una instrucción al Banco para que no pague un cheque, asume responsabilidad penal.

lunes, 28 de abril de 2008

cheque: Presentación y pago

La entidad bancaria que recibe el cheque esta en la obligación de pagar los importes consignados en el documento a su presentación no son validos los cheques girados, con fecha futura y ese no puede ser un argumento para que el banco niegue su pago por tanto la practica de cheques predatados y posdatados no es legal, y puede entenderse el uso de cheque como documento de garantía que es penado por ley. Cuando no existe suficiente previsión de fondos, el banco debe pagar hasta el monto que existe en la cuenta y explicar porque no paga el resto, en el mismo cheque, el único justificativo para no pagar son los sgutes casos.

a) Giro defectuoso.
b) Insuficiencia de fondos en e l banco
c) Instrucción expresa del titular de la cuenta.
d) Orden judicial.

martes, 22 de abril de 2008

Contenido y negociabilidad de un cheque

Un cheque tiene la siguiente información:
A. Suma literal o numeral
B. Nombre de la persona a la orden de quien se gira el cheque
C. Fecha de giro
D. Firma del titular de la cuenta o de quien este autorizado para manejar la cuenta provisionalmente.

El cheque es previsto por la entidad bancaria si existe defecto en la información, se dice que existe el delito de giro defectuoso.
Un cheque es endosable en propiedad y en cobranza, no puede ser un documento de garantía, es un documento de pago a su presentación.

lunes, 14 de abril de 2008

El Cheque Concepto

Es un titulo valor que constituye una orden de pago que realiza el titular de una cuenta corriente a un banco para que realice un pago a favor de la persona a cuya orden se ha girado el cheque no existe otro requisito que el de la presentación para que el banco proceda al pago, no es relevante la fecha de giro y el banco solo puede pagar a dicha fecha a efectos de establecer la validez del cheque, la cual es 30 días para cheque girados localmente y 3 meses para girados internacionalmente.

martes, 8 de abril de 2008

Pagare: Analogía con la letra y diferencias

Analogía con la letra y diferencias las diferencias con la letra de cambio son las siguientes:

 La letra de cambio es un formulario él pagare no.
 La letra de cambio es firmada por el girador y el girado él pagare solamente por el deudor.
 La letra de cambio no es una declaración unilateral él pagare sí.
 La letra de cambio tiene un tenedor él pagare no.
 La letra de cambio tiene cuatro modalidades de giro, él pagare dolo la modalidad a fecha fija o a días.
 La letra de cambio debe ser aceptada él pagare no
 La letra de cambio no devenga interés él pagare sí.

jueves, 3 de abril de 2008

Pagare: Definición y características

Contiene una declaración unilateral que realiza el deudor a favor del acreedor, declaración en la cual se reconoce expresamente que adeuda una suma en una fecha determinada, reconociendo a favor del acreedor un interés, un pagare por tanto solamente lleva la firma del deudor no es un formulario y no tiene un texto matriz internacional, se conoce bajo el nombre de PROMISORY NOTE.
Se reconoce la calidad del pago. El pagare es emitido bajo el principio de debo y pagare por otro lado un pagare también tiene garantía quirografaria y es análogo con la letra de cambio en el protesto, en los avales y en los intermediarios.