Contrato por el cual un comerciante otorga a otra la facultad de asumir su representación comercial frente a una tercera persona. La operación realizada por el mandatario obliga no a este respecto de un tercero sino al mandante. Es importante anotar que por efecto del contrato de mandato comercial la representación que otorga no es una representación legal del mandante, sino una representación estrictamente comercial, la cual esta limitada a la realización de actos comerciales, normalmente de bienes y servicios.
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