Las múltiples relaciones que surgen entre las partes que no se conocen entre sí en un PF deben estar respaldadas por escrito, es decir que deben haber por lo menos contratos en los siguientes ámbitos:
A. Contratos con proveedores, aquellos que sustentan el suministro de equipo, materia prima, maquinaria, insumos. Estos contratos siempre son de conocimiento del financiador, acreedor.
B. Contratos con contratistas: Un contratista es una persona que asume la obligación de la realización de un prestación de hacer, en el caso de los PF es la obligación de montar, armar construir, poner en marcha una instalación industrial, una carretera, autopista, etc. Normalmente el contratista esta vinculado con el proveedor ya que es una subsidiaria sucursal o, en el peor de los casos, una sociedad del mismo Holding.
A. Contratos con proveedores, aquellos que sustentan el suministro de equipo, materia prima, maquinaria, insumos. Estos contratos siempre son de conocimiento del financiador, acreedor.
B. Contratos con contratistas: Un contratista es una persona que asume la obligación de la realización de un prestación de hacer, en el caso de los PF es la obligación de montar, armar construir, poner en marcha una instalación industrial, una carretera, autopista, etc. Normalmente el contratista esta vinculado con el proveedor ya que es una subsidiaria sucursal o, en el peor de los casos, una sociedad del mismo Holding.
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