El fondo de pensiones se creo sobre la base del criterio del contrato de fideicomiso y fiducia mercantil con todas sus reglas, aclarando que se tratan de contratos de fideicomiso en inversión. Los riesgos permitidos a las administradoras están tabulados y claramente limitados por el contrato de fiducia mercantil como se explico oportunamente.
Las AFP’s para ser tal fueron sujetas a un proceso de licitación parecidas a las de capitalización y el ganador fue el que ofrecían cobrar la menor comisión por administrar los fondos y están regulados actualmente por la superintendencia de pensiones.
FINAL CAPITALIZACION Y LAS PRIVATIZACIONES EN LA REPUBLICA DE BOLIVIA
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