f) Clausulado General un seguro tiene gráficamente divisiones muy notorias por un lado el Clausulado General, que expresa y contiene los lineamientos básicos del seguro, las reglas generales a las que se rige ese seguro. Normalmente el Clausulado general es abstracto y ofrece poca cobertura o esta es muy general , por lo que se introduce el Clausulado especial.
g) Clausulado Especial Contiene aclaraciones o modificaciones respecto del alcance de la cobertura de sus características y de las ampliaciones que desea introducir el asegurado o el tomador. En realidad el Clausulado especial se define que cubre y no cubre una póliza, ya que por ejemplo una póliza por cobertura de robo normalmente excluye en el Clausulado general casi todas las modalidades de robo que no sean las mas obvias. Lo que hace el Clausulado especial es incluir las cláusulas que el usuario desea que existan. En realidad las compañías que normalmente rechazan el pago de la indemnización basados en la negligencia del tenedor al no solicitar coberturas puntuales y precisas , las cales , cuando tiene esas características, incrementan el valor de la prima. Tanto el Clausulado general como el especial son de conocimiento previo de la SPVS no objeta su contenido, se entiende que lo aprueba.
g) Clausulado Especial Contiene aclaraciones o modificaciones respecto del alcance de la cobertura de sus características y de las ampliaciones que desea introducir el asegurado o el tomador. En realidad el Clausulado especial se define que cubre y no cubre una póliza, ya que por ejemplo una póliza por cobertura de robo normalmente excluye en el Clausulado general casi todas las modalidades de robo que no sean las mas obvias. Lo que hace el Clausulado especial es incluir las cláusulas que el usuario desea que existan. En realidad las compañías que normalmente rechazan el pago de la indemnización basados en la negligencia del tenedor al no solicitar coberturas puntuales y precisas , las cales , cuando tiene esas características, incrementan el valor de la prima. Tanto el Clausulado general como el especial son de conocimiento previo de la SPVS no objeta su contenido, se entiende que lo aprueba.
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