Contrato por el cual una persona, propietaria de un bien mueble otorga a otra el derecho de tener y retener el bien entregado en calidad de garantía, puede ser:
i. Con desplazamiento, la prenda entraña necesariamente el desplazamiento del bien de manos del deudor a manos del acreedor.
ii. Industrial, existe por excepción la figura de la prenda industrial sin desplazamiento por efecto de la cual dado el uso productivo de un bien por parte del deudor, se le permite que dar en posesión del mismo. Es decir que no existe desplazamiento a pesar de estar otorgado en garantía prendaria. La prenda industrial siempre esta registrada en el archivo comercial del deudor por que representa en caso de los comerciantes la entrega de un activo fijo en garantía.
A. Forma de disolución de los contratos, son los mismos mecanismos de las obligaciones.
i. Con desplazamiento, la prenda entraña necesariamente el desplazamiento del bien de manos del deudor a manos del acreedor.
ii. Industrial, existe por excepción la figura de la prenda industrial sin desplazamiento por efecto de la cual dado el uso productivo de un bien por parte del deudor, se le permite que dar en posesión del mismo. Es decir que no existe desplazamiento a pesar de estar otorgado en garantía prendaria. La prenda industrial siempre esta registrada en el archivo comercial del deudor por que representa en caso de los comerciantes la entrega de un activo fijo en garantía.
A. Forma de disolución de los contratos, son los mismos mecanismos de las obligaciones.
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