A. Actividades de empresas,
parcialmente en Bolivia Dentro de este impuesto conviene referirse a las actividades realizadas parcialmente en la república, en este punto existen dos regímenes especiales:
a) Nacionales
Cuando se trata de empresas nacionales con actividades localizadas parcialmente en la república la alicuota por remesas sobre la UNGP que se considera el 10% de donde se deduce que el impuesto será 2.5%. Es importante anotar que el concepto de actividad parcialmente localizada es sumamente peligros, y en general al Estado es sensible a no considerar como parcial una actividad y por tanto la aplicación de la regla de actividad parcial local, es muy relativo y poco aconsejable.
b) Extranjeros
Las empresas extranjeras son actividades parciales en la república pagan un impuesto de 4% por que se considera que la UNGP es del 16% y no el 50%.
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