miércoles, 2 de julio de 2014

Concesiones de exploración.

Una concesión es un derecho que otorga el estado por medio de una autoridad administrativa específica para explotar bienes de dominio originario del estado (minerales, petróleo, agua, etc.) a prestar servicios públicos, de interés del estado (telecomunicaciones, energía).
En este contexto el estado por medio de la superintendencia de minas en este caso otorga una concesión minera que da al titular el derecho de quedarse con los minerales extraídos en el proceso de explotación y de realizar estudios relacionados a realizar localizaciones de Yacimientos mineros.
Una concesión de Exploración se divide en cuadriculas, que son en volumen de forma piramidal cuya base esta en la superficie de la tierra y con vértice en el centro.
Existe una radical diferencia entre un concesionario y un propietario esta diferencia radica en el hecho de que el superficiario solamente tiene derecho a utilizar la superficie de la tierra como propietario del terreno y su derecho se extiende hasta donde pueda construir o realizar obras civiles y se agota a esa profundidad, por el contrario el concesionario, por el interés público que reviste una exploración minera tiene derecho mas allá de la superficie. Cuando surge conflicto entre los derechos de un superficiario y un concesionario prevalecen los derechos del concesionario por el interés público que reviste actividad minera.

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