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miércoles, 23 de julio de 2014
Regalía departamental
Es aquella que se paga al departamento en el cual se encuentran localizados los hidrocarburos o sea que aquellos departamentos que no contengan hidrocarburos no recibirán dicha regalía el % de esta regalía departamental es del 11% sobre la llamada “producción fiscalizada” de hidrocarburos. Aquí se debe hacer una diferenciación entre hidrocarburos nuevos o hidrocarburos existentes se entiende por hidrocarburos nuevos a aquellos que no fueron objeto de explotación por parte de YPFB en forma anterior a la suscripción de un JOA o a la conversión. Son existentes aquellos que ya fueron objeto de explotación pero que se suspendieron o cerraron (los pozos) por YPFB a causa de falta de recursos. El 11% se aplica tanto a hidrocarburos existentes como a hidrocarburos nuevos y beneficia a los llamados “departamentos productores” .
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