domingo, 24 de agosto de 2014

Plantas de beneficio y fundicion

De igual manera, quien tiene la primera opción sin necesidad de autorización es el concesionario de explotación (CE) solamente debe presentar mas información técnica de la planta en cuestión. Cumplir las normas ambientales que correspondan a la superintendencia de minas y a el viceministerio de Medio Ambiente.
Un tercero puede pedir una autorización para instalar una planta de beneficio, fundición proporcionando la siguiente información:
1) Planos técnicos: que tiene forma, montaje y dimensiones de la planta.
2) Tecnología que se utilizara.
3) Contratos que definan el destino de la cantidad de metales o materiales producto de la actividad de beneficio o fundición.
4) Debe identificar el comercializador de los materiales.

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