jueves, 1 de noviembre de 2007

SOCIEDAD ANONIMA: Art. Art. 254 -256.- ACCIONES AL PORTADOR O NOMINATIVAS, DERECHO PREFERENTE, NUEVAS EMISIONES

Art. 254.- (ACCIONES AL PORTADOR O NOMINATIVAS). La transmisión de acciones al portador se perfecciona por simple tradición.
La transmisión de acciones nominativas se perfecciona mediante endoso y producirá efectos ante la sociedad y terceros, a partir de su inscripción en el registro de acciones.
Art. 255.- (DERECHO PREFERENTE). Los accionistas tienen derecho preferente para suscribir nuevas acciones en proporción al número que posean.
La sociedad hará el ofrecimiento mediante avisos en un órgano de prensa de circulación nacional por tres días consecutivos. Los accionistas pueden ejercer su derecho preferente dentro del plazo de treinta días, computados desde la fecha de la última publicación, si las estatutos no prevén un plazo mayor.
Art. 256.- (NUEVAS EMISIONES). Sólo hay lugar a la emisión de nuevas acciones cuando las precedentes han sido totalmente suscritas.

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