sábado, 25 de agosto de 2007

Derechos de los comerciantes

Actividades Reguladas, los comerciantes tienen todos los derechos establecidos en el Código de Comercio, y no se encuentran sujetos a ninguna regulación especial, salvo que se establezcan casos puntuales como son:
a) Fundamento de la regulación, existen sociedades que por el giro social, de la actividad a la cual se dedican, es decir, objetos tales como seguros, banca, telecomunicaciones, etc. están sujetos a un régimen especial de regulación. Regulación que se basa en el interés publico que tiene un servicio que afecta a la colectividad. Estas se llaman Sociedades reguladas, a aquellas que además del Régimen Ordinario normal, aplicable a todas las sociedades se sujetan a un Régimen de Regulación Especial por medio de dos sistema SIREFI y SIRESE.
B. Actividades no Reguladas
a) Fundamento,
cuando una actividad comercial no se encuentra bajo ninguna regulación especial, por efecto de su giro o del campo de su ejercicio, se entiende que no tiene obligaciones distintas a las establecidas por el Código de Comercio. Tal es el caso de la Industria, salvo que esta produzca o fabrique productos que necesitan regulación como el Acido Sulfúrico.

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