Desde el unto de vista de su capital
A. Sociedades de personas. Aquellas en las que el elemento personal es importante y es predominante para el nacimiento del vínculo. En estas sociedades no es igual tener un socio que otro aunque ambos realicen los mismos aportes. Es el caso de las SRL en las cuales la entrada o salida de un socio debe ser aprobado previamente por la Asamblea Extraordinaria de socios. Si no existe esa aprobación una salida o ingreso de socios no son posibles porque la calidad personal es importante antes que el aporte mismos. Adicionalmente dicho ingreso o salida deben ser aprobados por el Registro de Comercio y ninguna transferencia es considerada valida hasta que dicha aprobación sea manifestada.
B. Sociedades de Capitales. En las que no interesa el elemento personal, es decir que cualquiera puede ser accionista de la misma en tanto realice el aporte del capital respectivo, sea titular de acciones y este inscrito en el Libro de Registro de Accionistas. Este es el caso de las S.A. donde las acciones son transferidas, vendidas sin autorización de nadie y libremente. Lo importante en estas sociedades es el aporte y el elemento personal es irrelevante.
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