SIRESE
a) Estructura, El sistema de Regulación Sectorial es un órgano de fiscalización con autonomía funcional y administrativa bajo tuicion del Ministerio de Hacienda, que tiene por objeto llevar básicamente las siguientes funciones generales:
i. Fiscalizar, a las sociedades reguladas, vinculadas con las actividades de interés público como ser: telecomunicaciones, hidrocarburos, electricidad, seguros, entidades financieras, etc.
ii. Velar el estricto cumplimiento de los contratos de acuerdo a los cuales un operador o sociedad regulada se ha comprometido a desarrollar su actividad es decir velar por el cumplimiento de: Ej. Planes de inversión.
iii. Otorgar concesiones y licencias a nombre del Estado a las sociedades comerciales que cumplen los requisitos mínimos para ser operador de un servicio, se otorga una resolución administrativa.
iv. Velar por la sana competencia evitando los monopolios.
v. Cuidar los intereses del usuario y la población respecto de las sociedades reguladas.
vi. No tiene facultades normativas.
Atribuciones que se encuentran contempladas en la ley 1600 del SIRESE.
El sistema de regulación ha establecido dos grupos de empresas, las que no tienen un giro financiero y/o bancario y las que lo tienen. Las sociedades operadores de giros como el de la prestación de servicios de seguros, valores, pensiones, bancos y entidades financieras, están adscritas a la fiscalización de la Superintendencia Sectorial la cual pertenece al SIREFI que es parte del sistema de regulación. El SIRESE se encuentra dividido en un conj. de intendencias que tienen actividades puntuales
• Superintendencia de Telecomunicaciones
• Superintendencia de Transporte
• Superintendencia de Aguas
• Superintendencia de Electricidad, etc.
a) Estructura, El sistema de Regulación Sectorial es un órgano de fiscalización con autonomía funcional y administrativa bajo tuicion del Ministerio de Hacienda, que tiene por objeto llevar básicamente las siguientes funciones generales:
i. Fiscalizar, a las sociedades reguladas, vinculadas con las actividades de interés público como ser: telecomunicaciones, hidrocarburos, electricidad, seguros, entidades financieras, etc.
ii. Velar el estricto cumplimiento de los contratos de acuerdo a los cuales un operador o sociedad regulada se ha comprometido a desarrollar su actividad es decir velar por el cumplimiento de: Ej. Planes de inversión.
iii. Otorgar concesiones y licencias a nombre del Estado a las sociedades comerciales que cumplen los requisitos mínimos para ser operador de un servicio, se otorga una resolución administrativa.
iv. Velar por la sana competencia evitando los monopolios.
v. Cuidar los intereses del usuario y la población respecto de las sociedades reguladas.
vi. No tiene facultades normativas.
Atribuciones que se encuentran contempladas en la ley 1600 del SIRESE.
El sistema de regulación ha establecido dos grupos de empresas, las que no tienen un giro financiero y/o bancario y las que lo tienen. Las sociedades operadores de giros como el de la prestación de servicios de seguros, valores, pensiones, bancos y entidades financieras, están adscritas a la fiscalización de la Superintendencia Sectorial la cual pertenece al SIREFI que es parte del sistema de regulación. El SIRESE se encuentra dividido en un conj. de intendencias que tienen actividades puntuales
• Superintendencia de Telecomunicaciones
• Superintendencia de Transporte
• Superintendencia de Aguas
• Superintendencia de Electricidad, etc.
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