Algunas de las generalidades de la asociación son las siguientes:
- Debe constar por escrito.
- Se inscribe en el Registro Público de la Propiedad para que surta efectos contra terceros.
- El órgano supremo será la asamblea general, que funcionará conforme a los estatutos.
- Las facultades de las asambleas son: la admisión y exclusión de asociados, disolución anticipada o prórroga de la sociedad, nombramiento de director( es), revocación de nombramientos y los que señalen los estatutos.
- La asamblea tomará decisiones con el voto de los miembros presentes.
- Los socios tienen derecho a examinar libros de la asociación y demás documentos.
- La calidad de socio es intransmisible.
- Las asociaciones se extinguen, además de lo previsto por los estatutos:
- Por consentimiento de la asamblea.
- Por conclusión del término de duración o por cumplimiento del objeto.
- Por ser incapaces de realizar el fin para el que fueron fundadas.
- Por resolución de autoridad competente.
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