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jueves, 20 de agosto de 2015
El comerciante y la actividad mercantil - Sociedades mercantiles (I)
La unión entre comerciantes, a través de sociedades, da lugar a las personas morales.
Se alude a dichas sociedades en el artículo 1o. de la Ley General de Sociedades Mercantiles, que señala:
Esta ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles:
I. Sociedad en nombre colectivo
II. Sociedad en comandita simple
III. Sociedad de responsabilidad limitada
IV. Sociedad anónima
V. Sociedad en comandita por acciones, y
VI. Sociedad cooperativa
Cualquiera de las sociedades a que se refieren las fracciones I a V de este ar tículo podrán constituirse como sociedades de capital variable, observándose las disposiciones del capítulo VIII de esta ley.
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